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Informe de mayorías para la Ley Concursal

Informe prevista en la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, reforma el texto refundido de la Ley Concursal en España

Detalles del Servicio

El informe de mayorías para la Ley Concursal incluye la certificación del auditor de cuentas o, en su defecto, del auditor nombrado por el registro mercantil del domicilio del deudor, a las sociedades que alcancen, con sus acreedores, un acuerdo de refinanciación. Esta certificación debe constatar que la deuda con los acreedores firmantes del acuerdo alcanza, a la fecha del acuerdo de refinanciación.

¿Por qué elegirnos?

  • Verificación del cómputo de pasivos y créditos afectados por el plan.
  • Validación de las mayorías por clases de acreedores.
  • Protocolo de actuación ágil para cumplir con los plazos judiciales.
  • Apoyo técnico a asesores legales y expertos independientes.

Nuestro Compromiso

Garantizamos la máxima transparencia y el cumplimiento de todos los requisitos legales y técnicos vigentes. Nos adaptamos a la cultura del despacho y discutimos las particularidades previas a cada encargo para garantizar que el cliente perciba unidad de criterios durante el desarrollo de la auditoría

Más sobre nuestra cultura

Preguntas Frecuentes

¿Qué es el certificado de mayorías y en qué operaciones se requiere?

El certificado de mayorías es el documento que acredita que un plan de reestructuración ha sido aprobado con las mayorías que exige la Ley Concursal tras la reforma introducida por la Ley 16/2022.

Cuando una empresa negocia un plan de reestructuración con sus acreedores, la ley exige que se cumplan determinadas mayorías por clases de crédito (dos tercios con carácter general y tres cuartos cuando se trate de créditos con garantía real). Para poder formalizar el plan en escritura pública y, en su caso, solicitar su homologación judicial, es necesario aportar una certificación que confirme que esas mayorías se han alcanzado correctamente.

Si no se ha nombrado experto en la reestructuración, esa certificación corresponde al auditor de cuentas.

Es importante entender que el auditor no está validando jurídicamente cómo se han formado las clases de acreedores ni está realizando una auditoría de cuentas completa. Lo que hace es aplicar una serie de procedimientos técnicos para comprobar que el cálculo de votos y el cómputo del pasivo afectado se han realizado conforme a lo previsto en la normativa concursal.

Para un despacho que asesora un plan de reestructuración, este certificado no es un trámite menor: es un requisito imprescindible para poder elevar el plan a público y continuar el proceso hacia su homologación judicial.

Somos un despacho que asesora jurídicamente un plan de reestructuración. ¿Qué valor me aporta contar con vosotros para el certificado de mayorías?

Trabajamos de forma coordinada con vosotros, sin invadir el ámbito jurídico (la formación de clases y su fundamentación siguen siendo cuestión fuera de nuestro ámbito) pero aportando la tranquilidad de que el soporte numérico y documental del plan está bien construido. Nuestro papel es sencillo: ayudaros a cerrar la operación con total seguridad.

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